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Análisis: Aportes para la reflexión sobre la educación como derecho humano en contextos de la cárcel

Compartimos el artículo elaborado por dos integrantes del GESEC, Francisco José Scarfó y Victoria Aued, que fuera publicado en la Revista Eletrônica de Educação, Vol. 7, No 1 (2013). Se puede bajar la versión completa, desde la página del GESEC.

Resumen: La reclusión en unidades penales es utilizada como una “solución” estatal mayormente aplicada a la resolución del conflicto social, constituyéndose la cárcel en un lugar donde terminan aquellas personas que, en su mayoría, no han gozado plenamente de educación, trabajo, salud, vivienda y otro tipo de garantías y derechos. La educación es un derecho humano fundamental, esencial para poder ejercitar todos los demás derechos y que tiene como fin el desarrollo integral del sujeto. Es el Estado quien debe garantizar y promover el goce efectivo de éste y de todos los derechos humanos, ya que en teoría la persona encarcelada sólo está privada de su libertad ambulatoria. Hay que señalar que el desarrollo de este derecho en el contexto de la cárcel, no suele tomarse o asumirse como un derecho universal e inalienable, sino como un “beneficio” de los/as “buenos/as” presos/as a costa de las gestiones penitenciarias y a veces en inerte complicidad de las gestiones institucionales escolares citas en las unidades penales. Es por ello que no hay que perder nunca de vista que la persona privada de su libertad es, ante todo, un sujeto de derechos. Y como tal, el Estado que lo mantiene encerrado/enjaulado debe ser el garante del cumplimiento efectivo de todos ellos.

Es vital en este punto la participación de la sociedad civil en una institución pública como es la cárcel, para tratar de evitar las violaciones sistemáticas a los DDHH que se producen en las cárceles argentinas y así abrir la cárcel aun más a la sociedad libre. Así la educación se convierte en un derecho llave que abrirá la puerta al reconocimiento de sus demás derechos que, en la gran mayoría de los casos, les han sido negados o conculcados sistemáticamente afuera y dentro de la cárcel. Es dable que estos temas y los problemas que conllevan a la hora del abordaje institucional y situacional sobre la realización del derecho humano a la educación en el contexto de la cárcel, sean una invitación a reflexionar sobre el para qué y el por qué de la cárcel y cómo la educación en este contexto se fortalezca como derecho y no como un “beneficio” y haga de la cárcel y a pesar de ésta, un espacio social que dañe menos a quienes la habitan.

Palabras clave: derechos humanos – educación – cárcel.

Se puede bajar la versión completa desde la página del GESEC.

 

Una Respuesta

  1. Pino

    Es el estado entonces quien
    debería mejorar el espacio físico: Escuela, dentro de los institutos para menores
    beneficiando: el derecho a educarse del privado de su libertad y el trabajo
    docente.

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